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ACORDADA Nº 1007 del 06 de octubre del 2015. Por la que se establece plazos procesales en la Ciudad de Coronel Oviedo.

ACORDADA Nº 1007 del 06 de octubre del 2015.

Por la que se establece plazos procesales en la Ciudad de Coronel Oviedo.

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los seis días del mes de octubre del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario autorizante;

DIJERON:

Que, por Ordenanza N° 014/2015 del 5 de octubre de 2015 de la Municipalidad de Coronel Oviedo se declaró asueto en la ciudad de Coronel Oviedo, por el 257º aniversario de la fundación de la ciudad y por la festividad de la Virgen del Rosario, patrona de esa Ciudad

Por Nota P.C.J.N° 856 del 05 de octubre de 2015 el Presidente del Tribunal de Apelación de la Circunscripción Judicial de Caaguazú, Magistrado David Antonio Escobar Ojeda, solicitó la adhesión del Poder Judicial al asueto de dicho municipio.

Por ello, es necesario que los plazos procesales que vencen el día 7 de octubre de 2015, fenezcan el día 8 de octubre del año en curso en la Ciudad de Coronel Oviedo.

Por tanto, 
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:

Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales en la Ciudad de Coronel Oviedo, que vencen el día 7 de octubre de 2015 fenezcan el día 8 de octubre del año en curso.

Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.



Ante mí: