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ACORDADA Nº 1008 del 06 de octubre del 2015. Por la que se establece plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú.

ACORDADA Nº 1008

Por la que se establece plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú.

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los seis días del mes de octubre del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario autorizante;

DIJERON:

Que, la Municipalidad de la Ciudad de Pilar, declaró asueto en todo el distrito de Pilar el día 12 de octubre del año en curso, por la conmemoración del 236º Aniversario de la Fundación de la ciudad de Pilar y en honor a la Santa Patrona la Virgen del Pilar.

Por Nota CACJL N° 182/2015 el Magistrado Carlos E. Torres Alarcón, Presidente del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, solicitó la adhesión del Poder Judicial a dicho asueto.

Por ello, es necesario que los plazos procesales que vencen el día 12 de octubre de 2015, fenezcan el día 13 de octubre del año en curso.

Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:

Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Ñeembucú, que vencen el día 12 de octubre de 2015, fenezcan el día 13 de octubre del año en curso.

Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.


Ante mí: