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LEY N° 5.395 QUE DEROGA EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY N° 1.182/85 “QUE CREA PETRÓLEOS PARAGUAYOS (PETROPAR) Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”.


Acápite: Ley N° 5395 del 30 de diciembre de 2014. Que deroga el Artículo 43 de la Ley N° 1.182/85 Que crea Petróleos Paraguayos (PETROPAR) y establece su Carta Orgánica. 

Fecha de Promulgación: Martes, 30 de Diciembre de 2014.

Numero de Ley: 5395/2014

Publicado el 6 de enero de 2015.


LEY N° 5.395


QUE DEROGA EL ARTÍCULO 43 DE LA LEY N° 1.182/85 “QUE CREA PETRÓLEOS PARAGUAYOS (PETROPAR) Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA.


EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE



LEY


Artículo 1.° Derógase el artículo 43 de la Ley N° 1.182/85 “QUE crea petróleos paraguayos (PETROPAR) Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”.

Artículo 2.° Autorízase a Petróleos Paraguayos (PETROPAR), a registrar el saldo de las provisiones efectuadas en virtud del derogado artículo 43 de la Ley N° 1.182/85 “QUE crea petróleos paraguayos (PETROPAR) Y ESTABLECE SU CARTA ORGÁNICA”, contra la cuenta de “Resultados Acumulados” del Patrimonio Neto de la Institución.


Artículo 3.° La dinámica contable necesaria para la implementación de la presente ley será establecida por decreto del Poder Ejecutivo.


Artículo 4.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.



Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil catorce, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciocho días del mes de diciembre del año dos mil catorce, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.




Hugo Adalberto Velázquez Moreno Blas Antonio Llano Ramos
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores


José Domingo Adorno Mazacotte Carlos Núñez Agüero
Secretario Parlamentario Secretario Parlamentario

Asunción, 30 de diciembre de 2014.
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

El Presidente de la República

Horacio Manuel Cartes Jara



Pablo Cuevas Giménez

Ministro Sustituto de Industria y Comercio