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ACORDADA N° 970 del 16 de junio de 2015.


Por la cual se establece que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Misiones, que vencen el día 24 de junio de 2015, fenezcan el día 25 de junio de 2015.

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco y Gladys Ester Bareiro de Módica, ante mí, el Secretario autorizante;
DIJERON:

Que, por Nota N.C.A. 060/2015 presentada por el Presidente interino del Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Misiones, Magistrado José Magno Vargas Goitia, puso a conocimiento de la Corte Suprema de Justicia la Resolución Nº 321/2015 de la Municipalidad de San Juan Bautista de las Misiones, por la cual se declaró asueto distrital el 24 de junio del corriente con motivo de los festejos realizados en conmemoración al Santo Patrono San Juan Bautista. En ese sentido solicitó la suspensión de los plazos procesales de la Circunscripción a su cargo, del día 24 de junio de 2015.
Por tanto, 

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:

Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Circunscripción Judicial de Misiones, que vencen el día 24 de junio de 2015, fenezcan el día 25 de junio de 2015.

Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.


Ante mí: