ACORDADA Nº 483 DEL 07-11-2007 PLAZOS PROCESALES Y REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la República (Transitorio).
ACORDADA Nº 483 DEL 07-11-2007
PLAZOS PROCESALES Y
REGISTRALES en todas las Circunscripciones Judiciales de la
República (Transitorio).
En la
ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los
siete días del mes de noviembre de dos mil siete, siendo las 10:00
horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de
Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de
Correa y los Excmos. Señores Ministros Doctores José V. Altamirano,
Miguel Oscar Bajac A., Sindulfo Blanco, Antonio Fretes, Víctor
Manuel Núñez Rodríguez y José Raúl Torres Kirmser, ante mí, el
Secretario autorizante;
DIJERON:
Que por Notas
correspondientes el Sindicato de Funcionarios de la Dirección de los
Registros Públicos, el Comité de Huelga y Negociador del Sindicato
de Funcionarios Judiciales del Paraguay (SIFJUPAR), el Primer
Sindicato de Funcionarios Judiciales del Paraguay (PRISINTRAJUPAR) y
la Coordinadora de Actuarios Judiciales de la Capital, comunicaron a
la Corte Suprema de Justicia que del 5 al 9 de noviembre del año en
curso llevarán adelante una huelga general de funcionarios.
En tal sentido, es
necesario suspender los plazos procesales y registrales que vencen
los días 7 y 8 de noviembre del año en curso, con el objeto de
evitar perjuicios irreparables para los justiciables y terceros.
La Corte Suprema de
Justicia tiene atribuciones para dictar todos los actos que fueren
necesarios para la mejor organización y eficiencia de la
administración de la justicia, de conformidad con lo dispuesto en el
Art. 3º inc. b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte
Suprema de Justicia”.
Por tanto, en uso de sus
atribuciones,
LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
ACUERDA:
Artículo 1º
Establecer
que los plazos procesales y registrales que vencen los días 7 y 8 de
noviembre del año en curso, fenezcan el día viernes 9 de noviembre
de 2007, en todas las Circunscripciones Judiciales de la República.
Artículo 2º
Aclarar
que lo decidido en la presente Acordada no afecta la realización de
audiencias preliminares notificadas a las partes; el inicio y
desarrollo de juicios orales en todas las Circunscripciones de la
República.
Artículo 3º
Anotar,
registrar, notificar.
Ante mí: