Novedades:

ACORDADA Nº 453 DEL 17-04-2007 COMPETENCIA - Encargar al Juez Penal de Garantía de la Ciudad de Yby Yaú, para entender en los casos que corresponde a los Jueces de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal de la Adolescencia y de la Niñez y la Adolescencia.

ACORDADA Nº 453 DEL 17-04-2007



COMPETENCIA - Encargar al Juez Penal de Garantía de la Ciudad de Yby Yaú, para entender en los casos que corresponde a los Jueces de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal de la Adolescencia y de la Niñez y la Adolescencia.
Ver Ac. Nº 452/2007
Ver Ac. Nº 461/2007

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay, a los diez y siete días del mes de abril de dos mil siete, siendo las 12:30 horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, la Excma. Señora Presidenta Dra. Alicia Beatriz Pucheta de Correa y los Excmos. Señores Ministros Doctores José V. Altamirano, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Antonio Fretes, César A. Garay, Víctor Manuel Núñez Rodríguez, Wildo Rienzi Galeano y José Raúl Torres Kirmser, ante mí, el Secretario autorizante;

D I J E R O N:

Que el Art. 3º inc. b) de la Ley Nº 609/95 “Que Organiza la Corte Suprema de Justicia”, dispone: “Dictar su propio Reglamento Interno, las Acordadas y todos los Actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la Administración de Justicia”.

En la Circunscripción Judicial de Concepción se creó el Juzgado Penal de Garantía, con asiento en la localidad de Yby Yaú; por Resolución Nº 1025 de fecha 27 de diciembre de 2006 se comisionó al Abog. Alberto Isidro Sosa Vera, Juez de Liquidación y Sentencia de Pedro Juan Caballero de la Circunscripción Judicial de Amambay a cumplir labores en el Juzgado Penal de Garantía de Yby Yaú (Circunscripción Judicial de Concepción), sin perjuicios de sus propias funciones, hasta el nombramiento de su titular. Por Acordada Nº……… del…………… se dispuso la ampliación de su competencia territorial incluyendo parte del Territorio del Distrito de Horqueta.

Es necesario redistribuir territorialmente la competencia del Juzgado, corresponde hacerlo a los efectos de permitir que el servicio de justicia sea accesible a los usuarios, especialmente a los habitantes de las poblaciones ubicadas dentro del Distrito de Horqueta pero más cercanas al asiento del Juzgado de Yby Yaú.

Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDA:

Art. 1º.- ENCARGAR al Juez Penal de Garantía de la Ciudad de Yby Yaú, Abog. Alberto Isidro Sosa Vera, para entender en los casos que corresponde a los Jueces de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal de la Adolescencia y de la Niñez y la Adolescencia, con las facultades conferidas en el Capitulo IV, Titulo III, Libro I del Código de Organización Judicial, el Art. 161 del Código de la Niñez y la Adolescencia y el Art. 42 del Código Procesal Penal y hasta tanto se lleven a cabo las designaciones que correspondan respectivamente.

Art. 2º.- Anotar, registrar notificar.


Ante mí: