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PROMOVER DEMANDA DE CONOCIMIENTO ORDINARIO POR DAÑOS.-

OBJETO: PROMOVER DEMANDA DE CONOCIMIENTO ORDINARIO POR DAÑOS.-


SEÑOR JUEZ
DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL:


CAYO LICINIO CRASO, Abogado con Matrícula Nº 9495, por Doña NICOLASA MOLINAS, según testimonio de poder que acompaño, denunciando como domicilio real de mi mandante la casa Nº 2341 de la Calle Perú, y constituyendo domicilio procesal en Clemente Rojas 555, a V.S. como mejor proceda en Derecho, digo:

Que, cumpliendo instrucciones de mi mandante, vengo a entablar demanda por indemnización de daños y perjuicios estimados, provisoriamente, por mi parte, en Gs. 98.500.000 (guaraníes noventa y ocho mil quinientos), o en lo que más o menos resulte de las probanzas, en el momento de dictado de la sentencia, contra la Srta. VIRGINA ROJAS, con domicilio real en la casa Nº 2338 de la calle Perú, fundada en las consideraciones que a continuación expongo:

HECHOS:

En fecha 4 de diciembre de 2001, la Srta. NICOLASA MOLINAS se encontraba en el jardín de su casa ubicada en la calle Perú 2341 de esta Capital, limpiando como lo hace a diario, su pileta. En dicha oportunidad, notó que el balcón de su vecina colindante, Srta. VIRGINA ROJAS, el cual se encontraba justo encima de la pileta, presentaba grandes rajaduras.

Preocupada por la seguridad de su vecina, inmediatamente la visitó y le contó lo que había observado, pero ésta no demostró preocupación alguna, diciéndole que haría oportunamente las reparaciones pertinentes.

Un mes más tarde, exactamente el día cuatro de enero de 2002, la Srta. Cabrera se hallaba cuidando la pileta cuando notó que caían constantemente pedazos de revoque del balcón vecino, lo que era inminente signo de desmoronamiento. Molesta por la suciedad que esto le ocasionaba en el agua de la pileta y asustada a la vez por el peligro que corría la vecina, nuevamente la visitó para advertirle lo observado. La Srta Vera hizo caso omiso de la visita y se disculpó diciendo que no tenía tiempo para encargar las reparaciones necesarias.

En fecha 6 de febrero de 2002, la srta. Cabrera en compañía de familiares y amigos, se encontraba cenando y celebrando su graduación al borde de la pileta de su jardín. En medio de la algarabía de la reunión no percibieron la tragedia que se avecinaba.

Aproximadamente siendo las 21.00 hs. de ese día, el balcón en cuestión, que se hallaba lleno de macetas, canteros y cántaros decorativos, se desprendió completamente de la construcción vecina, cayendo sobre la Srta. Cabrera e invitados. El desastre provocó tal estruendo , y los gritos de las víctimas fueron tan desesperados, que prontamente otros vecinos llamaron a la Policía, ambulancia y bomberos, los cuales procedieron a rescatar a los atrapados ente los escombros.

Mi mandante y los otros heridos, fueron llevados al Hospital Francés, en donde recibieron los primeros auxilios. Mi parte sufrió traumatismo de cráneo, fractura en sus miembros inferiores, una fractura máximo facial, golpes internos, hematomas y heridas leves.

Por tanto, la Srta. Cabrera desea que su vecina responda por el daño proveniente de las cosas que cayeron en su casa, debido a su responsabilidad.

DERECHOS:

Fundo las pretensiones de mi mandante en las disposiciones contenidas en los arts. 1846 al 1871 del Código Civil y arts. 207 al 438 del CPC.

PRUEBAS DOCUMENTALES:

Acompaño las siguientes pruebas documentales:
- Poder otorgado a mi favor, por la actora;
- Acta Notarial con el inventario y avaluación de los daños materiales provocados;
- Recibos de pagos por atención médica, que comprenden: gastos de internación, medicamentos, honorarios médicos, etc., expedidos a la Srta. NICOLASA MOLINAS, que con el rubro anterior, suman G. 60.000.000.- (Guaraníes sesenta millones);
- Constancia médica de gastos estimativos para atenciones e intervenciones futuras, ascendiendo a la suma de G. 38.500.000.- (Guaraníes treinta y ocho millones quinientos mil);
- Parte policial redactado por la Comisaría Séptima; y
- Tomas fotográficas del lugar, obtenidas antes y después del hecho.

PETITORIO

Por tanto, a V.S. respetuosamente solicito:

1.- En mérito del testimonio de poder presentado, se sirva reconocer mi personería en el carácter invocado, tenga por denunciado el domicilio real de mi mandante y por constituido mi domicilio procesal, en los lugares indicados.-

2.- Agregue las pruebas documentales presentadas y ordene la devolución de los originales, previa autenticación de las fotocopias acompañadas al efecto.

3.- Tenga por promovida la presente acción que por indemnización de daños y perjuicios entabla la Srta. NICOLASA MOLINAS y corra traslado de la misma y de los documentos presentados, a la demandada Srta. VIRGINA ROJAS, citándola y emplazándola para que la conteste dentro del término de Ley.

4.- Oportunamente, dicte sentencia haciendo lugar a esta demanda, con costas, condenando a la demandada al pago de lo reclamado o lo que resulte probado, dentro del plazo de 10 días de adquirir firmeza la sentencia, bajo apercibimiento de procederse mediante ejecución forzada.

Proveer de conformidad.

SERÁ JUSTICIA.