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ACORDADA Nº 944 (novecientos cuarenta y cuatro) del 02 de febrero del año 2015. POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN CIUDAD DEL ESTE.

ACORDADA Nº 944. 

(novecientos cuarenta y cuatro) del 02 de febrero del año 2015.


POR LA QUE SE SUSPENDEN LOS PLAZOS PROCESALES EN CIUDAD DEL ESTE.

En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los dos días del mes de febrero del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. José Raúl Torres Kirmser, y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Gladys Ester Bareiro de Módica, Antonio Fretes, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, César Antonio Garay y Luis María Benítez Riera, ante mí, el Secretario autorizante;

D I J E R O N:

Que por Resolución de la Municipalidad de Ciudad del Este se declaró Asueto Distrital el día 3 de febrero de 2015, con motivo del Aniversario de Fundación de Ciudad del Este y el día de su Santo Patrono San Blas.

Por Nota N.P. 013/15 del 29 de enero de 2015, la Magistrada Lydia Noemí Almada de Couchonal, Presidenta de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná, solicitó se establezca la suspensión de los plazos procesales que vencen el día 3 de febrero de 2015, fenezcan el día 4 de febrero del año en curso.

Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:

Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales de Ciudad del Este, que vencen el día 3 de febrero de 2015, fenezcan el día 4 de febrero del año en curso.

Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.



Ante mí: